24 junio 2015

El poder de un bibliotecario

Nos ha llamado la atención un artículo en The Atlantic sobre el balance de poder entre instituciones en Estados Unidos. En este caso entre un bibliotecario -en concreto, James Billington, Director saliente de la Biblioteca del Congreso- y los agentes responsables de sentar las leyes de propiedad intelectual.

Se habla mucho del poder de la biblioteca del Congreso en Estados Unidos, lo que no sabíamos era que pudiera llegar a tener jurisprudencia sobre las leyes que acabamos de mencionar. De hecho, en la Biblioteca del Congreso se gestiona el registro de todo material que esté sujeto a derechos de autor.

Los grandes temas relevantes a propósito de este asunto se han debatido o/y solucionado durante el mandato de Billington, época es que mayores facultades legales tenía para decidir sobre los derechos de autor, incluyendo la posibilidad de eximir posibles violaciones de tales derechos, si bien cada caso se resuelve en los tribunales.

No obstante, en la Biblioteca del Congreso se puede decidir si los usuarios pueden copiarse entre ellos, por ejemplo, videojuegos o software que ya no están disponibles transcurrido un tiempo pero que siguen teniendo demanda. Lo que se hace en la mayoría de los casos es dar recomendaciones en una u otra postura. Al parecer, si quisieran, podrían ser más determinantes en las decisiones.

Esperan que con la marcha del anterior director de la Biblioteca quede mejor definida la posición de la propia Biblioteca en cuanto al poder de delimitar o redefinir los derechos de autor.

Con ello, se espera también –desde el punto de vista de los bibliotecarios con mayor vocación de servicio– que en algunos casos haya mayores exenciones en favor del acceso generalizado para los usuarios, al menos, de las bibliotecas.

¿Qué os parecería un sistema de gestión similar en España?

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