Criptografía y el libro como inversión
Un extenso artículo en Esquire sobre la revolución criptográfica en el mundo del libro da algunas claves y ejemplos de empresas que creen que las ‘tecnologías web3’ cambiarán la forma en que los autores se ganen la vida.
La idea que une a estas empresas es su redefinición del “propietario” de una historia o un libro.
Y no sólo como en el caso de ejemplos que ya hemos podido ver gracias a los blockchain o NFTs. Incluso como un posible modelo en el que el comprador de un libro lo hiciera a modo de inversión y comprara algo así como “acciones” o participaciones de un libro.
Lo más similar que hemos podido ver con esta orientación son algunos proyectos de crowdfuding, aun antes de que estas tecnologías entraran a ser parte de cualquier tipo de modelo de negocio, en constante renovación.
En el mencionado artículo se habla de la posibilidad, mediante la compra de un libro con criptomoneda, por ejemplo, de haber comprado un 3% de Harry Potter cuando sólo había un ejemplar a la venta. Hoy ese comprador sería multimillonario.
O, en el caso de un crowdfunding como los ejemplos de empresas que menciona, hacer una contribución de 100 euros y que se conviertan en 10.000 o incluso 100.000 a medida que la popularidad de un libro crezca, si se diera tal caso.
Por tanto, se trataría de un modelo en el que si los lectores pudieran poseer un porcentaje de la franquicia/libro, entonces podrían verse incentivados para ayudar a que tal libro tenga éxito.
Esta sería la parte realmente revolucionaria que afectaría al valor de un libro y a los derechos del mismo. Frente a la propiedad de la editorial o de autoría, se abriría una tercera vía que sería la del inversor como propietario de esos derechos de autor junto al creador. Una vía que sólo es posible por la tecnología conocida como la cadena de bloques o blockchain.
El caso generalizado en lo que se denominada “la versión web 3.0” o “web3” sería que cualquier contenido digital (desde un vídeo viral de YouTube a un álbum en Spotify) podría ser propiedad de cualquier inversor.
Esa propiedad podría conferir derechos a ganar regalías a medida que ese vídeo de YouTube gana visitas, o se escucha por streaming un álbum o, en el caso concreto del que hablamos, se lee un libro digital.
Se trata, como vemos, de una suerte de crowdfunding criptográfico, y lo que obtendrían esos primeros inversores serían tokens. Así, la cantidad de tokens que posee una persona en comparación con el número total existente determina qué porcentaje de las acciones de un libro posee un inversor.
Los NFT serían para el autor una forma pictográfica de garantizar que una persona sea la única propietaria de un ebook. Es decir, en este caso, los NFT representa la propiedad intelectual de un libro, es decir, quien posee los NFT en realidad posee los derechos del libro.
El autor puede controlar qué porcentaje de su trabajo retiene o vende, ganando dividendos junto con sus inversores cada vez que el libro se revende en el mercado secundario.
¿Qué os parece esta propuesta de inversión en el mundo del libro?